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Consentimiento informado en psicología: modelo

Consentimiento informado en psicología: qué debe incluir, cuándo ponerlo por escrito y cómo actuar con menores. Consulta el modelo para tu consulta.

Autor
Equipo ClinessaCumplimiento y ética profesional
Publicado
Lectura
12 min
Mesa clara de madera con un folio en blanco, una estilográfica, una taza y una planta

El consentimiento informado en psicología es la conformidad libre, voluntaria y consciente del paciente, dada después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud (Ley 41/2002, art. 3). Por regla general puede ser verbal, pero conviene dejarlo por escrito y anotarlo en la historia clínica.

Esta guía explica qué debe incluir, cuándo exige la ley la forma escrita y qué hacer con menores, progenitores separados, terapia online y revocación. Incluye un modelo en texto plano y un ejemplo ficticio.

Qué es el consentimiento informado en psicología (y qué no es)

El Psicólogo General Sanitario es una profesión sanitaria regulada (Ley 33/2011, disposición adicional séptima), así que le aplica la Ley 41/2002. Esta exige el consentimiento libre y voluntario del paciente para toda actuación en el ámbito de su salud, tras informarle de la finalidad y la naturaleza de la intervención, sus riesgos y sus consecuencias (arts. 4.1 y 8.1).

El Código Deontológico del Psicólogo lo refuerza: debes informar sobre la relación establecida, los problemas que abordas, los objetivos y el método (art. 25) y no crear falsas expectativas (art. 32).

No lo confundas con otros dos documentos que suelen compartir folio:

DocumentoQué recogeDónde se regula
Consentimiento informadoInformación sobre la intervención y aceptación del pacienteLey 41/2002, arts. 4 y 8
Contrato terapéuticoCondiciones del servicio: horarios, honorarios, cancelacionesAcuerdo entre las partes
Información sobre datosResponsable, finalidad, plazos y derechosRGPD, art. 13

La AEPD distingue el «consentimiento informado» para una actuación sanitaria, que se rige por la legislación sanitaria, del «consentimiento para el tratamiento de los datos personales», que se rige por la normativa de protección de datos. Para prestar asistencia no hace falta el segundo, aunque sí informar al paciente; sí se pide, por ejemplo, para enviarle publicidad.

¿Tiene que ser por escrito el consentimiento informado?

La Ley 41/2002 dice que el consentimiento es verbal por regla general (art. 8.2). Lo exige por escrito en intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, en procedimientos con riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud. La psicoterapia no aparece en esa lista.

Aun así, te conviene recogerlo por escrito: si es verbal, la información debe constar igualmente en la historia clínica (art. 4.1), la negativa al tratamiento y la revocación se hacen por escrito (arts. 2.4 y 8.5) y un documento firmado demuestra qué explicaste y cuándo. Es buena práctica, no una obligación literal de la ley.

Qué debe incluir: modelo y plantilla de consentimiento informado

La ley no fija un modelo para psicología. Con las normas citadas, el contenido razonable es este:

  • Identificación: tus datos con número de colegiado, los del paciente y, si es menor, los de su representante.
  • Qué vas a hacer: finalidad, naturaleza, objetivos y método (Código Deontológico, art. 25), con la frecuencia y la modalidad.
  • Riesgos, molestias y alternativas: las previsibles y las opciones disponibles (Ley 41/2002, arts. 2.3 y 4.1), sin prometer resultados (Código Deontológico, art. 32).
  • Confidencialidad y sus límites: el secreto solo se levanta con el consentimiento expreso del cliente (Código Deontológico, art. 40), y nadie accede a sus datos de salud sin autorización amparada por la ley (Ley 41/2002, art. 7.1).
  • Voluntariedad y revocación, y una remisión a la información sobre datos que exige el RGPD en su artículo 13, mejor en un documento aparte.
  • Fecha y firmas del paciente o su representante y la tuya.
CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA LA ATENCIÓN PSICOLÓGICA

Profesional: [nombre y apellidos], psicólogo/a general sanitario/a,
n.º de colegiado/a [M-XXXXX]
Paciente: [nombre y apellidos], [DNI]
Representante legal (si procede): [nombre, DNI y relación]

1. Qué se va a hacer
Evaluación e intervención psicológica por [motivo de consulta].
Enfoque: [tu enfoque]. Objetivos iniciales: [objetivos]. Frecuencia
y duración previstas: [periodicidad y minutos]. Modalidad:
[presencial / online].

2. Riesgos, molestias y alternativas
[Riesgos y molestias previsibles; por ejemplo, malestar emocional al
tratar temas difíciles.] Alternativas: [otras opciones o derivación].
No es posible garantizar un resultado concreto.

3. Confidencialidad
Lo que comparta queda protegido por el secreto profesional. Solo se
comunicará a terceros con mi autorización expresa o en los casos que
la ley ampare. [Supuestos concretos que apliques.]

4. Datos personales
Información sobre el tratamiento de mis datos recibida por
separado: [sí / no].

5. Voluntariedad y revocación
Participo de forma voluntaria. Puedo hacer preguntas, retirar este
consentimiento por escrito y dejar la intervención cuando quiera.

6. Declaración
He recibido la información, he podido preguntar y mis dudas han sido
resueltas. Doy mi consentimiento a la intervención descrita.

Lugar y fecha: [ciudad], [DD/MM/AAAA]
Paciente o representante: [firma]
Profesional: [firma]

REVOCACIÓN (solo si procede)
Revoco el consentimiento prestado el [DD/MM/AAAA].
Fecha: [DD/MM/AAAA]   Firma: [firma]

Fíjate en que no promete resultados, remite los datos personales a otro texto y deja espacio para la revocación. Las condiciones económicas y de cancelación van en el contrato terapéutico, aparte.

Quién consiente: adultos, menores y progenitores

1. Adultos y mayores de 16 años

El adulto consiente por sí mismo; la representación solo cabe si no es capaz de decidir o tiene la capacidad modificada judicialmente (art. 9.3). Los emancipados y los mayores de 16 años también consienten por sí mismos, salvo que tengan la capacidad modificada judicialmente o no comprendan el alcance de la intervención (art. 9.4). Ante una actuación de grave riesgo para la vida o la salud del menor, según el criterio del facultativo, consiente el representante legal tras oír su opinión.

El Código Deontológico añade que, con menores, se hará saber a sus padres o tutores la información sobre la relación establecida (art. 25). Cómo encaja eso con un adolescente de 17 años es delicado: consulta con tu colegio y anota tu razonamiento. Y no mezcles esta edad con los 14 años de la LOPDGDD (art. 7), que se refieren al consentimiento como base para tratar datos.

2. Niños y adolescentes menores de 16 años

La ley no fija una edad mínima para consentir. El artículo 9.3.c prevé el consentimiento del representante legal cuando el menor no es capaz, intelectual ni emocionalmente, de comprender el alcance de la intervención, y siempre después de escuchar su opinión conforme al artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1996. Esa norma reconoce al menor el derecho a ser oído y considera que tiene suficiente madurez, en todo caso, desde los doce años cumplidos.

Valora en cada caso si el menor comprende, anótalo y explícale la intervención de forma adecuada a su capacidad (art. 5.2). Cataluña lo concreta más: la Ley 21/2000 (art. 7.2.d) dice que, si el menor es competente, y especialmente si es emancipado o mayor de 16 años, debe dar personalmente su consentimiento.

3. Padres separados o en desacuerdo

Según el artículo 156 del Código Civil, la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Si hay desacuerdo, cualquiera puede acudir a la autoridad judicial, que atribuye la decisión a uno de ellos. Si viven separados, la ejerce aquel con quien conviva el hijo, salvo que la autoridad judicial disponga otra cosa.

Lo más seguro es pedir la firma de ambos. Si firma uno solo, anota quién es, con quién convive el menor y si el otro progenitor está informado y de acuerdo. Ante un desacuerdo expreso, no avances sin consultar a tu colegio o a un asesor jurídico.

Consentimiento informado en terapia online

La Guía para la práctica de la Telepsicología del COP, adaptada de las directrices de la APA, recomienda obtener un consentimiento detallado al comienzo del servicio, con el paciente en tiempo real, y documentarlo en el historial. Admite la firma electrónica si la normativa lo permite y pide tratar los límites de la confidencialidad en la comunicación electrónica, un plan de emergencia pactado, cómo se almacena la información y cuándo se pasa a atención presencial.

Revocación del consentimiento y rechazo del tratamiento

El paciente puede revocar libremente su consentimiento por escrito en cualquier momento (art. 8.5) y negarse al tratamiento, con constancia escrita (art. 2.4). El Código Deontológico reconoce su plena libertad para concertar los servicios y para resolver la intervención y acudir a otro profesional (art. 27).

Cuando ocurra, guarda el escrito, anota la fecha y cierra el proceso con el alta o la derivación. Revocar no te libera de conservar la historia: la AEPD recuerda que, cuando un paciente deja de acudir, no se pueden eliminar sus datos por la obligación de custodia.

Si algún tratamiento de datos se basa en el consentimiento, el RGPD permite retirarlo en cualquier momento y exige que sea tan fácil como darlo (art. 7.3).

Registro y conservación en la historia clínica

Deja constancia de que informaste (art. 4.1), de qué documento firmó cada persona y cuándo, y de los cambios posteriores, como una revocación. El artículo 15.2 incluye el consentimiento informado en el contenido mínimo de la historia clínica, aunque solo es exigible en hospitalización o cuando así se disponga. En consulta privada, guárdalo igualmente con ella y entrega una copia al paciente.

El plazo mínimo es de cinco años desde el alta de cada proceso asistencial (art. 17.1), y algunas comunidades lo amplían. Eres responsable de la custodia (art. 17.5) y debes conservar los registros en condiciones de seguridad y secreto (Código Deontológico, art. 46). Para el resto de obligaciones de datos, consulta protección de datos en la consulta de terapia.

Ejemplo de registro (caso ficticio)

Caso ficticio. Adapta la redacción a tu forma de documentar.

HISTORIA CLÍNICA N.º 0002
Paciente: Lucía [apellidos], 14 años
Fecha: 27/10/2026

CONSENTIMIENTO
Información dada a Lucía y a su madre, Carmen [apellidos]: objetivos,
método, frecuencia, confidencialidad y revocación. Lucía hace dos
preguntas y dice que entiende por qué viene.
Valoración de la capacidad de Lucía: [tu valoración y motivos].
Documento firmado por la madre. Copia entregada.
Progenitor no firmante: padre, [nombre], vive en otro domicilio.
Pendiente: informarle y recabar su conformidad el [DD/MM/AAAA].

Fíjate en que separa lo explicado de lo pendiente y deja escrito por qué se actuó así. Lo que ocurra en cada sesión va en su nota, en formato SOAP o DAP u otro.

Errores frecuentes

  • Copiar un modelo genérico sin adaptarlo. Un texto de otra profesión o país no recoge tu enfoque, tu modalidad ni tus datos.
  • Firmar sin explicar. La ley exige información previa; el documento no sustituye la conversación.
  • Mezclar consentimiento informado y datos en un solo texto. Son regímenes distintos, y el RGPD pide que el consentimiento de datos se distinga claramente de otros asuntos en una declaración escrita (art. 7.2).
  • Usar la edad equivocada. 16 años para consentir un acto sanitario, 12 para ser oído, 14 para consentir un tratamiento de datos.
  • Olvidar al segundo progenitor. Anota qué sabes del otro y qué has hecho. Y guarda siempre el documento en la historia clínica: si no consta, no puedes demostrarlo.
  • No revisarlo. Si cambias de enfoque o de presencial a online, actualízalo y vuelve a firmarlo.

El consentimiento informado en Clinessa

Construimos Clinessa para que la documentación de cada paciente esté en un solo lugar. En la ficha del paciente puedes subir y guardar documentos como derivaciones, informes externos y consentimientos firmados, cifrados en reposo y aislados por paciente.

Entre las plantillas del sistema y las tuyas hay modelos de consentimiento informado que puedes adaptar. Revisa su contenido antes de usarlo: lo que firma tu paciente es responsabilidad tuya.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el consentimiento informado en psicología?+

Sí. Toda actuación en el ámbito de la salud necesita el consentimiento libre y voluntario del paciente tras recibir información (Ley 41/2002, art. 8.1). Puede ser verbal, pero conviene dejarlo por escrito.

¿A partir de qué edad puede consentir un adolescente?+

Los mayores de 16 años y los emancipados consienten por sí mismos, salvo excepciones (Ley 41/2002, art. 9.4). Por debajo no hay mínimo legal: consiente el representante si el menor no comprende la intervención.

¿Necesito el consentimiento de los dos progenitores?+

Según el Código Civil (art. 156), la patria potestad se ejerce conjuntamente o por uno con el consentimiento del otro. Si hay desacuerdo, decide la autoridad judicial. Lo más seguro es pedir la firma de ambos.

¿Es lo mismo el consentimiento informado que el consentimiento de protección de datos?+

No. El primero se rige por la legislación sanitaria y el segundo por el RGPD. Según la AEPD, para prestar asistencia no hace falta consentimiento para tratar los datos, pero sí informar al paciente.

¿Puede el paciente retirar el consentimiento informado?+

Sí, en cualquier momento y por escrito (Ley 41/2002, art. 8.5). Guarda el escrito en la historia clínica. La obligación de conservar la historia continúa.

¿Cuánto tiempo hay que guardar el consentimiento informado firmado?+

Forma parte de la historia clínica: como mínimo cinco años desde el alta de cada proceso asistencial (Ley 41/2002, art. 17.1). Algunas comunidades fijan plazos más largos.

En Clinessa: los consentimientos firmados de cada paciente, en su ficha

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